Este proyecto consiste en el desarrollo teórico de un protocolo de ensayo de trampillas de evacuación para la verificación de su funcionalidad tras el vuelco de un autobús. Está basado en una propuesta de la Federación Rusa, llevada a cabo en el grupo de trabajo oficial GRSG (Working Party on General Safety Provisions) para modificar uno de los reglamentos de mayor importancia en el sector de los autobuses que hace referencia a la resistencia de la superestructura del autobús y sus ensayos, el Reglamento 66.
Así mismo, se propone que, tras el ensayo de vuelco del vehículo, se verifique que las trampillas de evacuación del techo no estén atascadas y sigan siendo utilizables. En el caso de que sea una trampilla de apertura mecánica, deberá poder abrirse aplicando una fuerza máxima de 400 kN.
Por otro lado, el Reglamento 107 será el encargado de imponer y definir la cantidad de salidas de emergencia, incluyendo las trampillas de evacuación y su tamaño mínimo, por lo que afectará enormemente a este trabajo.
Finalmente, tras la comprobación de la propuesta rusa, se decide diseñar un sistema de fijación para las trampillas de forma que sean lo suficientemente rígidas como para soportar el peso de la propia trampilla y su marco, garantizando cierta estabilidad, pero lo suficientemente elásticas, tenaces e incluso plásticas como para absorber las deformaciones derivadas de un ensayo de vuelco de autobuses.
Este proyecto consiste en el desarrollo teórico de un protocolo de ensayo de trampillas de evacuación para la verificación de su funcionalidad tras el vuelco de un autobús. Está basado en una propuesta de la Federación Rusa, llevada a cabo en el grupo de trabajo oficial GRSG (Working Party on General Safety Provisions) para modificar uno de los reglamentos de mayor importancia en el sector de los autobuses que hace referencia a la resistencia de la superestructura del autobús y sus ensayos, el Reglamento 66.
Así mismo, se propone que, tras el ensayo de vuelco del vehículo, se verifique que las trampillas de evacuación del techo no estén atascadas y sigan siendo utilizables. En el caso de que sea una trampilla de apertura mecánica, deberá poder abrirse aplicando una fuerza máxima de 400 kN.
Por otro lado, el Reglamento 107 será el encargado de imponer y definir la cantidad de salidas de emergencia, incluyendo las trampillas de evacuación y su tamaño mínimo, por lo que afectará enormemente a este trabajo.
Finalmente, tras la comprobación de la propuesta rusa, se decide diseñar un sistema de fijación para las trampillas de forma que sean lo suficientemente rígidas como para soportar el peso de la propia trampilla y su marco, garantizando cierta estabilidad, pero lo suficientemente elásticas, tenaces e incluso plásticas como para absorber las deformaciones derivadas de un ensayo de vuelco de autobuses. Read More